Las prácticas pueden desarrollarse con una duración de 225 horas en las empresas, despachos profesionales u organismos públicos con las que la Universidad tiene suscrito convenio de colaboración, y que oferta puntualmente atendiendo al calendario académico establecido al efecto.
Las plazas ofertadas por el Vicedecanato se asignan, en primera instancia atendiendo al expediente académico del estudiante. No obstante lo cual, en algunos casos, si la entidad así lo hace explicito, la asignación de la plaza de prácticas queda supeditada a la superación de un eventual proceso de selección/ entrevista.
Del mismo modo también se podrá optarse por realizar las prácticas en una empresa seleccionada y ofertada por el SOE (Servicio de Orientación y Empleo). En este caso, será precisa la autorización expresa por parte del Vicedecanato competente. A diferencia de la modalidad anterior, será posible realizar en periodos distintos de los establecidos oficialmente (periodos no lectivos, primer o segundo cuatrimestre) si bien será preciso cumplir los plazos de matriculación establecidos con carácter general y, en todo caso los créditos se imputan exclusivamente al primer cuatrimestre de cuarto curso; independientemente del momento en que se hubieran realizado. En el supuesto de que se prefiera, en lugar de optar a las plazas ofertadas por el Vicedecanato, acudir a la bolsa de practicas del SOE, es preciso comunicarlo al Servicio de Alumnos en el plazo que se indique, lo que entraña la renuncia a solicitar plaza en la modalidad primera.
Es preciso tener presente que es imprescindible el Visto Bueno del Vicedecanato para dar por convalidables prácticas por dicho SOE. Si no reciben dicho VºBº ese periodo de prácticas solo podrá tener la consideración de prácticas extracurriculares, a las que no cabe otorgar crédito alguno, sin perjuicio del valor que hayan de tener en el futuro profesional del estudiantado.